Los vicios ocultos de una casa o vivienda

Qué son los vicios ocultos de una casa y cómo reclamar

15-01-2017

Llamamos vicios ocultos a los desperfectos o problemas que encontramos en una casa cuando lo compramos, que a simple vista, antes de la firma del contrato, no existían o no se apreciaban.

Lo normal, antes de firmar las escrituras de una vivienda, es hacer todas las comprobaciones necesarias para saber que la propiedad está en las mismas condiciones que el vendedor ha indicado. Por ley, el vendedor debe hacerse cargo de esos vicios ocultos de la casa, siempre y cuando estos desperfectos supongan un problema real para hacer uso de la propiedad y vivir en ella.

El quid de la cuestión está en si el vendedor conoce o no esos vicios ocultos en el momento de poner la casa en venta y en si el comprador, de haberlos conocido, habría decidido comprar la vivienda. Estos dos factores son los dos factores imprescindibles que se tienen en cuenta a la hora de hacer una reclamación.

Pero además, hay que tener en cuenta los requisitos que debe cumplir un problema en una vivienda para que pueda considerarse vicio oculto, que son fundamentalmente los siguientes:

  1. El problema o defecto no debe poder percibirse a simple vista. Tiene que estar relacionado con defectos que no se aprecian en un primer momento

  2. El defecto debe ser anterior a la compra de la vivienda, nunca posterior a la firma del contrato

  3. El defecto debe ser grave. La gravedad puede ser un concepto subjetivo, pero la ley establece que se considera grave bien cuando sea de tal envergadura que no se pueda vivir en esa casa, o bien cuando, de haberlo conocido el comprador, no la hubiese comprado o hubiese pagado un precio considerablemente menor.

La reclamación por vicios ocultos puede hacerla el comprador dentro del plazo legal de 6 meses desde la entrega de la vivienda. De esta manera se protege el segundo requisito (el defecto debe ser anterior a la compra) ya que un desperfecto que aparezca a los años de la compra, no se considera vicio oculto.

Para hacer la reclamación es necesario que se acrediten los vicios ocultos que se denuncian, y que se aporten pruebas, todas las posibles para comprobar que esos defectos existían antes de la compra.

En caso de que los vicios ocultos se acepten como tal (incluso si el vendedor no tenía constancia de los mismos en el momento de la venta) el comprador tiene dos opciones:

  • Desistir del contrato y recibir el dinero que había pagado por la vivienda

  • Beneficiarse de una rebaja en el precio pagado por la casa. La cuantía dependerá del valor de los desperfectos.